Dentro de la gran cantidad da ayudas e incentivos que, a día de hoy y tal y como señalamos en nuestro anterior artículo, existen en el ámbito de la Eficiencia Energética, hoy querría hablaros sobre el Programa de Ayudas para Actuaciones de Eficiencia Energética en PYME y Gran Empresa del Sector Industrial, por el que se puede obtener una ayuda de hasta 450.000 € para actuaciones que estén encaminadas a la Eficiencia Energética y la reducción de las emisiones de CO2 de pymes y grandes empresas del sector industrial.
Estas ayudas nacen al amparo del Real Decreto 263/2019 de 12 de abril, pero, para dar cumplimiento a lo recogido en el mismo, cada Comunidad Autónoma instrumentaliza y gestiona los trámites necesarios para la gestión de las solicitudes.
Para explicar cómo funcionan estas ayudas, y dado que la normativa a aplicar en cada una de las distintas Comunidades Autónomas es muy similar, vamos a utilizar como ejemplo la Orden 162/2019 de 25 de septiembre, a través de la que se instrumentalizan estas ayudas en mi Comunidad Autónoma, Castilla La Mancha.
En primer lugar, debemos de indicar, quiénes pueden ser los beneficiarios de estas ayudas. Para ello tenemos que consultar el artículo 4 de la Orden 162/2019, que indica que los beneficiarios serán:
- Empresas que tengan consideración de pyme o Gran Empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de alguno de los referidos en este artículo. (Beneficiarias directas).
- Empresas de Servicios Energéticos. (Beneficiarias indirectas).
También será necesario, además de pertenecer a alguno de estos dos grupos, cumplir con lo siguiente:
- Tener actividad en territorio español.
- No encontrarse la empresa beneficiara en situación de crisis.
- Cumplir con los requisitos recogidos en el artículo 5 de la Orden 162/2019.
Si cumplimos con estos requisitos PODREMOS SER BENEFICIARIOS y lo siguiente que tenemos que hacer es definir qué actuación queremos subvencionar. La Orden 162/2019, en su artículo 3, prevé dos grandes tipologías de acciones susceptibles de ser subvencionadas:
- Acciones encaminadas a la mejora de equipos y procesos industriales, que tengan como fin la Eficiencia Energética y/o la reducción de las emisiones de CO2, cuyo coste sea igual o superior a 10.000 €.
- Implantación de sistemas de gestión energética, que tengan como fin la Eficiencia Energética y/o la reducción de emisiones de CO2, cuyo coste sea igual o superior a 5.000 €.
La cuantía de la ayuda se recoge en el artículo 7 de la Orden 162/2019, en donde se indica que el importe que recibiremos por esta ayuda será el menor de estos tres:
- Un 30 % de la inversión elegible (coste de la actuación).
- Un porcentaje, que para Castilla La Mancha es del 45% (Gran Empresa), 55% (Mediana Empresa) o 65% (Pequeña empresa), de la diferencia entre el coste de la inversión elegible y una inversión de referencia (siendo esta última una inversión similar pero que incluya una tecnología no eficiente con la eficiencia mínima requerida en la legislación de aplicación/referencia).
- Un máximo de 450.000 €.
Por lo tanto, y en función del presupuesto de la actuación a subvencionar, estaríamos hablando de un importante incentivo para llevar a cabo este tipo de acciones y que puede significar la viabilidad, o no, de nuestro proyecto de Eficiencia Energética.
En definitiva, si usted tiene la intención de llevar a cabo alguna de las acciones no dude en ponerse en contacto con nosotros, estudiaremos su caso en profundidad y de manera personalizada, como expertos en la tramitación de subvenciones que somos, y nos haremos cargo de todos los pasos necesarios para tramitar la solicitud y la justificación de su ayuda. No obstante, si usted cree que su empresa puede beneficiarse de estas ayudas, pero no tiene claro que acciones puede llevar a cabo, también puede ponerse en contacto con nosotros para contratar la ejecución de una Auditoría Energética para detectar que acciones a subvencionar por este programa se pueden llevar a cabo en su empresa.